PROTECCIÓN INTERNACIONAL

abogado de protección internacional

El abogado Marco Mantovani asesora y asiste en todas las cuestiones y asuntos relacionados con la protección internacional en Italia.

LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL

El instituto de la protección internacional ha sido introducido en la legislación de la Unión Europea por la Directiva 2004/83 / CE, transpuesta en Italia por el Decreto Legislativo 251/2007, posteriormente modificada por la Directiva 2011/95 / UE, transpuesta en Italia por el Decreto Legislativo 18/2014.

La protección internacional incluye el status de refugiado y la protección subsidiaria.

EL STATUS DE REFUGIADO

El status de refugiado es reconocido en virtud de la Convención de Ginebra del 28 de julio de 1951 relativa al estatuto de los refugiados. La Convención de Ginebra fue ratificada en Italia con la Ley 722 del 24 de julio de 1954.

El artículo 1 de la Convención de Ginebra define como refugiado a quien "temiendo con razón ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o por sus opiniones políticas, se encuentra fuera del país del que es ciudadano y no puede o no quiere, debido a este temor, aproveche la protección de este país; o quien, al no tener ciudadanía y encontrarse fuera del país en el que tenía su residencia habitual a raíz de tales hechos, no puede o no quiere regresar allí por el temor antes mencionado".

LA PROTECCIÓN SUBSIDIARIA

De conformidad con la Directiva 2011/95 / UE, los nacionales de terceros países o los apátridas que no cumplan los requisitos para ser reconocidos como refugiados son elegibles para la protección subsidiaria pero para quienes existen motivos razonables para creer que, si regresan a su país de origen, o, en el caso de un apátrida, si regresara al país en el que anteriormente tenía su residencia habitual, correría un riesgo real de sufrir daños graves y no puede o no lo hará, debido a ese riesgo. , acogerse a la protección de ese país.

Se entiende por daño grave: la pena de muerte o ejecución, la tortura u otra forma de castigo o trato inhumano o degradante, la amenaza grave e individual a la vida o persona de un civil resultante de la violencia indiscriminada en una situación de conflicto armado nacional o internacional.

EL PERMISO DE RESIDENCIA PARA PROTECCIÓN ESPECIAL

El artículo 19, párrafo 1.2., Del Decreto Legislativo n. 286/98 (Ley consolidada de inmigración), recientemente introducida por el Decreto Ley núm. 130/2020 (reconvertida por Ley no 173/2020), establece que en caso de rechazo de la solicitud de protección internacional se podrá expedir un permiso de residencia de protección especial en los siguientes casos:

  • si el solicitante en su país de origen puede ser objeto de persecución por motivos de raza, sexo, orientación sexual, identidad de género, idioma, ciudadanía, religión, opinión política, condiciones personales o sociales, o puede correr el riesgo de ser enviado de regreso a otro Estado en el que no está protegido de la persecución;
  • si existen motivos razonables para creer que en su país de origen el solicitante corre el riesgo de ser sometido a tortura o trato inhumano o degradante. Al valorar estos motivos, también se tiene en cuenta la existencia, en ese país, de violaciones sistemáticas y graves de los derechos humanos;
  • si existen motivos razonables para creer que la expulsión del solicitante del territorio italiano implica una violación del derecho al respeto de su vida privada y familiar, a menos que la expulsión sea necesaria por razones de seguridad nacional, orden público y seguridad, también como protección de la salud de conformidad con la Convención de Ginebra sobre el estatuto de los refugiados. A los efectos de evaluar el riesgo de violación del derecho al respeto de la vida privada y familiar, se tienen en cuenta la naturaleza y eficacia de los lazos familiares del demandante, su integración social efectiva en Italia, la duración de su estancia en territorio italiano, así como la existencia de vínculos familiares, culturales o sociales con su país de origen.
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  • - Asesoramiento y asistencia para solicitar protección internacional
  • - Recurso contra la denegación de protección internacional
  • - Asesoramiento y asistencia para el permiso de residencia de protección especial
  • - Otras cuestiones relativas al reconocimiento y la equivalencia de los títulos extranjeros
POR QUÉ ELEGIR AL ABOGADO MARCO MANTOVANI

El abogado Marco Mantovani es universalmente reconocido como uno de los principales expertos en el campo de la inmigración y la ciudadanía italiana.

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